Cooperativas
En las Cooperativas el objetivo principal es proporcionar, repartir y consolidar el empleo entre los socios. Por ello constituyen una de las fórmulas fundamentales del autoempleo.
La finalidad es la consecución de un puesto de trabajo en las mejores condiciones posibles, de forma que en la Cooperativa el capital está al servicio de las personas y no las personas al servicio del capital. Se fundamenta en la igualdad de derechos de sus integrantes en cuanto a la gestión social.
Las cooperativas reparten sus excedentes o ganancias en función de la actividad realizada por sus socios en el logro del propósito común. Mientras que en las sociedades mercantiles las ganancias se distribuyen entre los socios de manera proporcional al capital que cada uno aportó.
Adhesión abierta y voluntaria de los socios. Las Cooperativas son organizaciones abiertas para todas aquellas personas dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la condición de socios, sin discriminación de género, etnia, clase social, posición política o religiosa.
Control democrático de los socios. Las Cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus socios, quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su Cooperativa, responden ante los demás socios. En las cooperativas los socios tienen igual derecho de voto.
- Cooperativas de producción de bienes y servicios.
- Cooperativas de consumo de bienes y servicios.
- Cooperativas de ahorro y crédito.
- Cooperativas mixtas.
Diferencia entre una empresa cooperativa y una empresa mercantil
Lo que diferencia, básicamente, a la Cooperativa de la Empresa Individual Privada es que la cooperativa opera sin fines de lucro y pertenece a sus socios que son sus dueños y sus principales usuarios. La Empresa Privada opera con el único propósito de hacer unas ganancias sobre su capital invertido y pertenece a unos pocos inversionistas.
En una cooperativa cada socio tiene derecho a ejercer un solo voto sin importar cuánto haya aportado. Así se logra que todos participen en la toma de aquellas decisiones que puedan afectar la sociedad. Este principio garantiza la democracia política. En cambio en una empresa individualista el que decide es únicamente el propietario.
Requisitos para la constitución de una cooperativa
Los requisitos mínimos para la constitución de una cooperativa es que posea cinco personas naturales o jurídicas sin fines de lucro, mayores de edad; no hay límite máximo en el número de asociados. Luego se deben elaborar lo estatutos, los cuales deben contener el nombre de la cooperativa, nombre, apellido y número de cédula de los socios, domicilio y objetivo de la cooperativa, el capital social y los directivos.
Para luego realizar la reserva del nombre en las oficinas de SUNACOP, formalizar la personalidad jurídica, a través, de la inscripción de los estatutos en Oficina Subalterna de Registro Público. El registro tiene diez días para revisar los documentos consignados, si están completos y asignados a los requisitos legales, notifica a los socios de las cooperativas la fecha asignada para la firma del documento, una vez firmado el documento en el registro se entregará copia del mismo dentro de los dos días siguientes. En este momento se considera que la cooperativa está legalmente constituida y puede empezar a funcionar.
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